Comunicado de prensa: Tras una victoria crucial ante la Corte Suprema de EE. UU., el fiscal general.
SACRAMENTO — Tras haber encabezado recientemente una coalición multiestatal que obtuvo una victoria ante la Corte Suprema de los EE. UU. en defensa del voto por correo —y dado que, esta semana, los funcionarios electorales de los condados de todo el estado han comenzado a enviar las boletas a todos los votantes registrados—, el fiscal general de California, Rob Bonta, ofreció hoy una conferencia de prensa para reafirmar que los votantes pueden enviar sus boletas por correo de manera segura de cara a las elecciones generales del martes 3 de noviembre de 2026. Más del 89 por ciento de los californianos que participaron en las elecciones primarias de junio de 2026 emitieron su voto por correo, lo que subraya el papel fundamental que desempeña esta modalidad para que los californianos ejerzan su derecho básico al voto. El fiscal general Bonta llevará a cabo más conferencias de prensa en las próximas semanas para proporcionar información y recursos adicionales a los votantes a medida que se acerquen las fechas electorales clave.
Estamos a solo cuatro semanas del día de las elecciones, y sé que algunos californianos podrían preguntarse si todo lo que surge desde Washington ha cambiado la forma en que pueden votar. La respuesta es no», afirmó el fiscal general Bonta. «Logramos obtener una orden de la Corte Suprema de los EE. UU. que protege su derecho a votar por correo; por lo tanto, pueden seguir votando tal como lo han hecho en elecciones anteriores, ya sea por correo, depositando su boleta en un buzón oficial, votando de manera anticipada o acudiendo en persona el día de las elecciones. Mis colegas fiscales generales y yo hemos mantenido una comunicación estrecha y estamos preparados para actuar ante cualquier nuevo intento de socavar los derechos de los votantes. Ahora que las boletas están empezando a llegar, animo a todos a votar con antelación para garantizar que su voz sea escuchada».
El fiscal general se encarga de hacer cumplir las leyes electorales de California para garantizar elecciones libres y justas. Tanto en el periodo previo al día de las elecciones como durante la jornada electoral, el Departamento de Justicia de California estará disponible para asistir a la Secretaría de Estado en la aplicación de dichas leyes, contando con un equipo de abogados y personal administrativo distribuido por todo el estado.
Para obtener información actualizada sobre cómo votar, consulte los sitios web oficiales, incluido sos.ca.gov/elections. Los californianos que cumplan con los requisitos tienen hasta el lunes 19 de octubre para registrarse para votar en registertovote.ca.gov. Si la fecha límite ya ha pasado, pueden registrarse en persona mediante el proceso de «registro el mismo día» (también conocido como registro condicional de votantes). Los votantes pueden registrarse para hacer un seguimiento de su boleta electoral y confirmar que ha sido contabilizada a través del sitio web wheresmyballot.sos.ca.gov.
Victorias judiciales recientes en defensa del derecho al voto
El fiscal general Bonta ha obtenido recientemente varias victorias judiciales que protegen el acceso de los californianos a las urnas y la correcta administración de los procesos electorales:
El mes pasado, la Corte Suprema de los Estados Unidos impidió que la administración Trump impusiera nuevos requisitos para el voto por correo de cara a las elecciones de noviembre de 2026.
El mes pasado, la Corte Suprema de California ordenó la devolución de aproximadamente 650,000 boletas electorales —ya emitidas— que habían sido incautadas ilegalmente por el sheriff del condado de Riverside, Chad Bianco; además, ratificó la autoridad del fiscal general para supervisar a los sheriffs de los condados.
En agosto, un tribunal de apelaciones de California ratificó una medida cautelar que bloqueó la «Medida B» (Measure B) del condado de Shasta, la cual habría eliminado el voto por correo y la mayor parte del voto anticipado, además de imponer nuevos requisitos para el registro y la identificación de los votantes.
Voto anticipado o a tiempo
Debido a cambios en el Servicio Postal de los Estados Unidos (USPS), en áreas fuera de las principales ciudades costeras de California, una boleta depositada en el correo el día de las elecciones podría ser recogida demasiado tarde para ser contabilizada. Según el nuevo procedimiento del USPS, el correo depositado en oficinas postales o buzones de recolección situados a más de 50 millas de un centro regional del USPS se recoge al día siguiente, en lugar del mismo día. Esto significa que, en algunas zonas, las boletas depositadas en una oficina postal o buzón el día de las elecciones no recibirán el sello postal hasta el día siguiente, lo que las convierte en boletas recibidas fuera de plazo. Las boletas que llegan tarde no se contabilizan. Los californianos que planeen enviar su boleta por correo deben hacerlo, al menos, una semana antes del día de las elecciones.
A continuación, se presentan algunas alternativas para garantizar que su voto sea contabilizado:
Deposite su boleta en un buzón oficial y seguro para la entrega de boletas o en un centro de votación. Los buzones para la entrega de boletas electorales se abren hoy y permanecerán disponibles hasta el día de las elecciones.
Si le queda poco tiempo, entregue su boleta electoral (recibida por correo y ya completada) en un centro de votación el día de las elecciones. Según un portavoz del Servicio Postal, «nunca debe enviar su boleta por correo el día de las elecciones».
Acuda a cualquier oficina de correos y solicite en la ventanilla que le pongan un sello postal a su boleta; esto garantizará que quede constancia de que la envió a tiempo.
Derechos electorales
Los derechos de los que dispone el público al votar figuran en la «Declaración de derechos de los votantes de California» (California Voter Bill of Rights). Dichos derechos son los siguientes:
El derecho a votar si usted es un votante registrado.
El derecho a votar si usted es un votante registrado —incluso si su nombre no aparece en la lista de votantes registrados— mediante la emisión de una boleta provisional.
El derecho a votar si usted todavía se encuentra en la fila cuando cierran los centros de votación.
El derecho a emitir un voto secreto, sin que nadie le moleste ni le indique cómo debe votar.
El derecho a obtener una nueva boleta si ha cometido un error, siempre y cuando aún no haya emitido su voto.
El derecho a recibir ayuda para emitir su voto por parte de cualquier persona que usted elija, excepto por parte de su empleador o representante sindical.
El derecho a entregar su boleta de voto por correo, una vez completada, en cualquier centro de votación de California.
El derecho a recibir materiales electorales en un idioma distinto al inglés, siempre que un número suficiente de personas en su distrito electoral hable dicho idioma.
El derecho a formular preguntas a los funcionarios electorales sobre los procedimientos electorales y a observar el proceso electoral.
El derecho a denunciar cualquier actividad electoral ilegal o fraudulenta ante un funcionario electoral o ante la Oficina del Secretario de Estado.













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